viernes, 26 de febrero de 2010

Género y Sindicalismo


Las Metas del Milenio disponen como Objetivo 3: “Promover la igualdad entre géneros y la autonomía de la mujer”. Esta meta surge por la existencia de desigualdades sociales causadas por las diferencias biológicas sexuales.

Las brechas de género, entre hombres y mujeres, suceden por factores sociales, económicos, políticos e históricos. Las jerarquías se reproducen en el espacio privado (familia) y público (político) lo cual impide impiden la igualdad de oportunidades.

Asimismo, tal como señalan los compromisos y tratados internacionales que protegen los derechos de las mujeres, el derecho sindical se constituye en un pilar para la expresión de la participación política de las mujeres, así lo afirma la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), el Convenio 100 y 111, 122, 156 y la recomendación 165 de la OIT que disponen medidas específicas de igualdad de oportunidades en temas de remuneración, trabajo decente, entre otros aspectos.

Las normas nacionales laborales también protegen los derechos de las mujeres. Tenemos el Acuerdo Nacional, que en su Décima Primera Política de Estado señala “nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de oportunidades, reconocimiento que en nuestro país existen diversas expresiones de discriminación e inequidad social”. De igual manera, se encuentra en el lineamiento 4 del Plan Nacional de Derechos Humanos, se dispone implementar políticas afirmativas a favor de los sectores en condiciones de mayor vulnerabilidad, especialmente, las mujeres.

Asimismo, el Plan de Igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, refiere en su Objetivo Estratégico 4.1 que “Mujeres y varones acceden, permanecen, y se desarrollan en el mercado laboral con equidad de género, es decir igualdad de oportunidades, y tienen una remuneración y prestaciones iguales por un trabajo de igual valor”.

Todos estos compromisos, normas internacionales y nacionales fundamentan la importancia de la transversalización de la perspectiva de género en la actividad sindical, con especial atención en la participación de las mujeres sindicalistas.

El mundo laboral (empresa, trabajadores, autoempleados y sindicatos) no es ajeno a las relaciones de poder donde se naturalizan las desigualdades sociales de género. Por este motivo, el tema de género y sindicalismo un tema discutido en la 1ra Conferencia Nacional del Trabajo y Dialogo Laboral entre las cuatros centrales sindicales (CGTP, CUT, CTP, CATP). El evento se llevó a cabo el 23, 24 y 25 de Septiembre de 2009 en la ciudad de Lima.

Uno de los acuerdos fue abordar los derechos laborales (la Libertad Sindical, la Negociación Colectiva, Seguridad Social, entre otros) desde la perspectiva de género. Es decir, visualizar las brechas de género en el quehacer sindical con el objetivo de formular propuestas que hagan factible la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el sindicalismo. Y se planteó como uno de las propuestas que las centrales sindicales deben tomar en cuenta el tema de la discriminación laboral por opción sexual (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales). Este será tema de agenda. Como señalo Gloria Peréz (CGTP) "llegará el momento en que llegaré el debate (sobre el tema en cuestión) y las mujeres nos uniremos a ello".

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